Promesa De Compraventa

$ 250.000

Dirigido a

Este servicio está pensado para personas que quieren dejar por escrito ciertos acuerdos importantes —como el precio, los plazos, o las multas por incumplimiento— antes de firmar el contrato definitivo. Es especialmente útil cuando las partes ya han llegado a un entendimiento básico, pero aún no están listas para firmar el contrato final, y desean asegurar que lo conversado quede formalmente registrado mientras se concretan los demás detalles como una condición o plazo.

¿Qué incluye?

  • Revisión básica de títulos de dominio.

  • Borrador y redacción de la promesa de compraventa.

  • Coordinación notarial para firmas.

¿Qué no incluye?

  • Tasaciones, certificados municipales/DOM (Dirección de Obras Municipales), impuestos, Conservador de Bienes Raíces, notaría, publicaciones.
  • Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.
  • Redacción de la escritura de compraventa definitiva.

Documentos necesarios

  • Certificado de dominio vigente.
  • Certificado de hipotecas y gravámenes.
  • Certificado de avalúo.
  • Certificado de pago de contribuciones emitido por la Tesorería General de la República.
  • Certificado de anotaciones del Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Paso a paso

1.
Levantamiento de antecedentes del inmueble.
2.
Borrador de escritura con las indicaciones entregadas por el cliente (precio, fecha de entrega, forma de entrega, etc).
3.
Firma en notaría.
4.
Entrega de copias de Escritura Pública.
5.
(Opcional) Inscripción en Conservador de Bienes Raíces. El valor de la inscripción lo fija directamente el Conservador en atención a la cuantía del precio de la compraventa.

Preguntas Frecuentes

La cláusula penal es una disposición que se incluye en un contrato para establecer una multa o sanción económica en caso de que alguna de las partes no cumpla con lo acordado. Su principal objetivo es garantizar el cumplimiento del contrato y dar seguridad a ambas partes, ya que define de antemano cuánto deberá pagar quien incumpla, evitando así conflictos o juicios posteriores.
No, no es obligatoria, pero se recomienda incluirla, ya que funciona como un incentivo para que ambas partes cumplan con lo acordado y firmen posteriormente la escritura de compraventa.
En algunos casos, sí conviene inscribirla, especialmente cuando se busca dar mayor seguridad jurídica al acuerdo. La inscripción permite que el documento tenga oponibilidad frente a terceros, es decir, que otras personas no puedan alegar desconocimiento del compromiso asumido entre las partes. Esto resulta especialmente útil en contratos relacionados con bienes raíces u operaciones donde puedan intervenir futuros compradores o acreedores. En resumen, inscribir la promesa puede ser una buena medida de resguardo, sobre todo cuando el acuerdo involucra montos importantes o plazos prolongados.
Si alguna de las partes no cumple con el plazo o la condición establecida en el contrato o promesa, se aplicarán las consecuencias que hayan sido previamente pactadas entre las partes. En la mayoría de los casos, entra en juego la cláusula penal, que establece una multa o sanción económica por el incumplimiento. Sin embargo, el contrato también puede contemplar otras alternativas, como prórrogas de plazo o incluso la resolución del acuerdo, dependiendo de lo que se haya estipulado. En términos simples, el efecto dependerá de lo que las partes hayan acordado por escrito, por lo que es importante convenir cuidadosamente las cláusulas del contrato antes de firmarlo.

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